Micelio
Auto2 de mayo de 2024

A- de 2024

Ponente Juan Carlos Cortés González

Demandante Harold Eduardo Sua Montaña·Demandado --

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Recurso De Suplica Contra Rechazo Demanda De Inconstitucionalidad
  • Finalidad
  • Incumplimiento de la carga argumentativa
1 tema · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Recurso de súplica.

La demanda se rechazó porque el escrito de subsanación no corrigió los problemas argumentativos que se indicaron en el auto de inadmisión.

La Sala Plena de la Corporación constató que no se acreditó la carga argumentativa mínima requerida para emitir un pronunciamiento de fondo y, por ello, decidió RECHAZAR la súplica deprecada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. RECHAZAR el recurso de súplica presentado por Harold Eduardo Sua Montaña (expediente D-15683) contra el auto mixto del 19 de marzo de 2024, que rechazó parcialmente la demanda de inconstitucionalidad interpuesta particularmente contra los artículos 3, 4 (parcial), 5, 6, 12, 13 y 16 de la Ley 2281 de 2023.
  2. SEGUNDO. A través de la Secretaría General de la Corte Constitucional, COMUNICAR esta decisión al recurrente e indicarle que contra la misma no proceden recursos.
  3. TERCERO. Ejecutoriada esta decisión, REMITIR el expediente al despacho de la magistrada Natalia Ángel Cabo para que se continúe con el trámite del juicio de constitucionalidad respecto del cargo admitido.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.